Circular 69 – Registro Único Beneficiarios Finales

En Leyva continuamos con nuestro compromiso de mantenerlos informados de las novedades jurídicas. Es por ello que destacamos las modificaciones incluidas por la Resolución 000037 del 17 de marzo de 2022 a los artículos 4, 10 y 13 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021.

Personas jurídicas extranjeras

Se modificó la obligación de suministrar información para personas jurídicas extranjeras.

Las personas jurídicas del exterior sólo estarán obligadas a reportar a sus beneficiarios finales, cuando la totalidad de la inversión en Colombia se efectúe mediante vehículos distintos a: personas jurídicas, establecimientos permanentes y/o estructuras sin personería jurídica o similares obligadas a reportar sus beneficiarios finales.

Ampliación de plazo para efectuar reporte de los beneficiarios finales

En el caso de las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similares, conformadas antes del 30 de septiembre de 2022, el plazo para suministrar la información de sus beneficiarios finales se amplió hasta el 31 de diciembre de 2022.

Respecto a las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similares conformadas con posterioridad al 30 de septiembre de 2022, la información de sus beneficiarios finales, deberá remitirse dentro de los dos (2) meses siguientes a la inscripción en el Registro Único Tributario o en el Sistema de Identificación de Estructura sin Personería Jurídica.

Ampliación plazo inscripción en el sistema de identificación de estructuras sin personería jurídica - SIESPJ

Las estructuras sin personería jurídicas o similares creadas con anterioridad al 30 de septiembre de 2022, que no se encuentren obligadas a inscribirse en el RUT, deberán inscribirse en el SIESPJ, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

El administrador de la estructura sin personería jurídica, será quien deba realizar la inscripción en el SIESPJ.

Departamento de derecho tributario

Contacto: ALVARO ENRIQUE LEYVA.
Correo: aeleyvam@leyvaabogados.com